La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ordenó este jueves la reincorporación de 85 trabajadores de Corredores Viales S.A. despedidos en abril pasado, tras participar en medidas de fuerza organizadas por el Sindicato Único de Trabajadores de Peajes y Afines (SUTPA).
Tres trabajadores que deben reincorporarse cumplían tareas de Santa Fe. Dos de ellos se desempeñaban como seguridad vial en la estación de General Lagos de la autopista Rosario – Buenos Aires y el tercero trabajaba como home office en lo que se denomina el tramo 6 (autopistas a Buenos Aires y Córdoba)
El fallo, respaldado por las juezas Graciela Craig y Gabriela Vázquez, con la disidencia de Carlos Pose, dio lugar a la medida cautelar solicitada por el sindicato, liderado a nivel nacional por Florencia Cañabate y Facundo Moyano, que denunció los despidos como una represalia por la adhesión a una huelga.
“El 16 de abril, el ex secretario de Transporte, Franco Mogetta, hacía los deberes y comunicaba el despido de 117 trabajadores. Al final de la película, el único despedido fue él. Todos los trabajadores deberán ser reincorporados después del fallo de la Justicia de hoy”, señaló el gremio Sutpa en un comunicado.
El texto gremial también detalló que se informó a “todos los compañeros y compañeras”, luego de meses de incertidumbre, que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó el fallo de primera instancia y ordenó a Corredores Viales S.A. reincorporar a los 117 trabajadores despedidos “en forma ilegal y arbitraria”.
“Este fallo demuestra lo que denunciamos desde el primer día: los despidos fueron una represalia directa por ejercer el derecho de huelga, levantar barreras y defender nuestros derechos colectivos.”, dijeron del gremio que a nivel local conduce Cristian Pallé
“El Tribunal – continuó el texto – reconoció que se violaron derechos fundamentales protegidos por la Constitución y convenios internacionales”.
“Por eso dispuso que la empresa reincorpore a todos los compañeros despedidos” en sus puestos y tareas habituales en un plazo de cinco (5) días hábiles, bajo apercibimiento de multas si no cumplen.
En el SUTPA “no permitimos atropellos ni persecuciones sindicales. Seguimos defendiendo cada puesto de trabajo, cada derecho y cada familia que vive de esta actividad”, completó el Sutpa .