La Provincia de Santa Fe ya tiene su nueva Constitución actualizada y aprobada t ras dos meses de la reforma 2025. La nueva carta magna entró en vigencia este viernes previamente a la jura oficial de las autoridades realizada el viernes por la tarde en el palacio de la Legislatura en la ciudad capital. El texto introduce cambios importantes en materia de autonomía municipal, limita las extensiones en los períodos de duración de los mandatos en cargos políticos, cambia la composición del Poder Judicial incorporando la independencia del Ministerio Público de la Acusación y tiene un polémico artículo vinculado a las garantías de la libertad de expresión.
El gobernador Maximiliano Pullaro encabezó la jura de la nueva Constitución ante una plaza poco concurrida y en una muestra de que se trató de un proceso que terminó siendo de poca relevancia en el ámbito público pero que concluye con una nueva carta magna que se vincula de mejor manera con la Nacional del 94 y que tiene algunas actualizaciones necesarias para los tiempos actuales.
La nueva Constitución de la provincia de Santa Fe se puede descargar en el siguiente enlace: Constitución 2025

Reelecciones y fin de mandatos “eternos”
Las reelecciones en todos los cargos políticos elegibles en poderes Ejecutivos y Legislativos podrán extenderse por una reelección únicamente, y luego podrán presentarse para un nuevo período que no sea de forma consecutiva.
Este cambio habilita a la provincia a tener reelecciones de gobernador, mientras que por otro lado, limita los múltiples mandatos en los otros poderes, municipios inclusive.
Autonomía municipal plena y cambios en comunas
La reforma reconoce a todos los núcleos poblacionales organizados como municipios, garantizando su autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera. Uno de los puntos centrales es que las comunas pasarán a llamares municipios, mientras que las localidades que pasen los 10.000 habitantes pasarán a ser tener la posibilidad de dictar su propia carta orgánica.
Punto sumamente solicitado y que tiene un común acuerdo entre los intendentes en líneas generales, en los próximos meses las localidades del Cordón Industrial podrán tener su propia “Constitución” local.
Los municipios de menor tamaño, en cambio, continuarán rigiéndose bajo un esquema definido por ley provincial, con autoridades electas directamente por los vecinos, aunque no están obligados a constituir concejos.
La Constitución también prevé mecanismos de coparticipación automática de recursos, limitaciones a la deuda y la posibilidad de conformar regiones y áreas metropolitanas para coordinar políticas comunes.
Un Ministerio Público independiente
Otro de los cambios sustanciales es la reafirmación del Ministerio Público de la Acusación (MPA) independiente del Poder Ejecutivo, es decir, de Seguridad y Justicia.
El artículo 134 señala que el MPA “tiene a su cargo el diseño, la planificación y la ejecución de la política de persecución penal, en coordinación con las demás autoridades de la Provincia”. El Fiscal General, máxima autoridad del organismo, será designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo legislativo, por un mandato de cinco años con posibilidad de una sola reelección. Además, cuenta con garantías similares a las de los jueces, lo que refuerza su independencia tanto del Poder Ejecutivo como del Poder Judicial.
Por otro lado, se reglamentaron los Juicios por Jurado, una de las incorporaciones recientes del Poder Judicial para trabajar casos de penas elevadas.
La libertad de expresión, con asteriscos
La nueva Carta Magna refuerza la protección de la libertad de pensamiento y expresión, garantizando el derecho a difundir ideas por cualquier medio sin censura previa, aunque con responsabilidades ulteriores definidas por ley. Si bien da lugar a la prohibición de la censura directa e indirecta, protege las fuentes de información periodística, los derechos a rectificación, cuando habla de acceso a la información pública, allí la limita “por seguridad pública o intimidad personal”.
“Todo organismo estatal que niegue información debe fundamentar su decisión“, agrega el texto del artículo 17.
Por otro lado, la Constitución tiene en cuenta los “entornos digitales“, incluyendo protección de datos personales y el derecho a un uso seguro y ético de la tecnología.