domingo, febrero 1, 2026

Histórico fallo: ordenan una reparación integral superior a 100 millones de pesos para una víctima de abuso intrafamiliar

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En una resolución considerada inédita en la provincia de Santa Fe, el Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia N° 1 de Venado Tuerto, a cargo del juez Claudio Heredia, dictó una sentencia que establece una reparación económica integral para una mujer que fue víctima de abuso sexual agravado por el vínculo durante su niñez y adolescencia. El fallo se conoció este 25 de noviembre, en coincidencia con el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, lo que le otorga un fuerte valor simbólico y social.

El caso ya había sido juzgado en el ámbito penal, donde el agresor había recibido una condena firme. Sin embargo, la víctima inició una demanda civil para obtener una compensación que reflejara la magnitud del daño sufrido tras casi una década de violencia intrafamiliar. La sentencia ordena el pago de una suma superior a los 100 millones de pesos, considerando las secuelas físicas, emocionales, psicológicas y las consecuencias materiales que el abuso dejó a lo largo de su vida. Entre los fundamentos, el magistrado señaló que el daño representa “una lesión de extrema gravedad” y que la reparación económica constituye un derecho humano amparado por la Constitución Nacional y tratados internacionales como CEDAW y la Convención de Belém do Pará.

El fallo introduce además un enfoque con perspectiva de género en la interpretación de los plazos de prescripción civil. El juez determinó que, en casos de abuso sexual infantil intrafamiliar, estos plazos no pueden aplicarse de manera automática y que comienzan a correr recién cuando la condena penal queda firme. Esta decisión busca evitar que factores como el miedo, el silencio forzado o el sometimiento impidan a las víctimas acceder a la reparación correspondiente.

La sentencia también incorpora medidas de prevención y de no repetición, entre ellas la obligación de los responsables de realizar capacitaciones sobre violencia de género y derechos de niñas, niños y adolescentes, así como la prohibición de cualquier tipo de contacto con la víctima. El cumplimiento de estas medidas será monitoreado mediante articulación entre organismos judiciales y administrativos, con advertencias explícitas sobre las consecuencias de un eventual incumplimiento.

El pronunciamiento judicial fue destacado por su carácter innovador y por colocar en el centro a la víctima, su dignidad y su derecho a reconstruir su proyecto de vida. En un contexto donde persistir en la búsqueda de justicia aún implica enfrentar estigmas y obstáculos, este fallo se convierte en un precedente decisivo que reafirma la obligación del Estado de garantizar verdad, justicia y reparación integral frente a las violencias más extremas.

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