Camino al V Centenario de la Historia de Puerto Gaboto
Apuntes sobre los juicios que afrontó Sebastián Gaboto a su regreso a España en 1530/32.
Por Prof. Ricardo N. González.
El viaje que Sebastián Gaboto comenzara en abril de 1526 en San Lúcar de Barrameda no terminó de la forma que muchos esperaban. La preparación de la expedición en Sevilla ya mostró desavenencias y tensiones, el cambio de ruta desoyendo la capitulación real sumó mayor descontento, la pérdida del fuerte Sancti Spìritus, los muertos y la ausencia de ganancias prometidas desató una serie de pleitos y juicios contra el responsable máximo de la expedición. En la Biblioteca Manuel Cervantes he encontrado un documento muy interesante que da cuenta de ésta situación que a continuación comparto. El primero es un requerimiento que realiza ante la Corte Española y el Tribunal Mayor de Justicia Catalina Vázquez, madre del Capitán Martín Méndez. Ella presentó una acusación contra Sebastián Gaboto donde manifiesta que, siendo su hijo designado oficialmente Teniente General de dicha Armada y hombre de probada valía, con aptitudes para desempeñar ese cargo, el Capitán Gaboto, su mujer (Catalina Medrano) y otro hombre llamado Miguel de Rifos, lo maltrataban y no lo dejaban trabajar para bien de la expedición.

Recordemos que al Capitán Méndez no lo había recomendado Gaboto, éste quería que su segundo fuera Rifos. Por eso apenas partieron de España, Gaboto conservó todo el poder y desautorizó a Martín Méndez. Reconociendo, de hecho, frente a toda la tripulación que su segundo al mando era Miguel de Rifos. Como Méndez protestara por tal medida, sosteniendo que sin causa Gaboto no tenía la potestad de removerlo de ese cargo ya que él era representante de los armadores, fue tomado prisionero, relevado de su función de la nave capitana Santa María de la Concepción y enviado bajo custodia a la nave Santa María del Espinar de Gregorio Caro. Allí permaneció por seis meses y cuando se realizaban las reuniones para definir cuestiones importantes de la marcha de la expedición no se lo convocaba o se desoía su opinión. La denuncia expresa que esto se produjo por tenerle Gaboto “odio y enemistad capital, y porque el dicho Miguel Rifos pudiese usar libremente del cargo y oficio que el dicho su hijo tenía”. El tenor de la denuncia se profundiza cuando acusa al Capitán General de haber abandonado en la isla Santa Catalina al Teniente General Martín Méndez, en tierras donde no había blancos, donde existían indios caníbales, sin armas, sin alimentos y mandando a decir al Mayoral o Cacique de dichos indios (a los que define como “gente brava y recia”) que se los dejaba como esclavo para que hiciesen con él lo que quisiesen. Y que a pesar de que su hijo le rogara y protestara esta orden, Gaboto lo abandonó sin atender sus requerimientos. Ella supone que Martín Méndez fue muerto por los indios ya que en España no se supo más nada sobre él. Por eso pide se castigue a Gaboto por este crimen que es como una pena de muerte, más lo maltratos que realizó contra su subalterno, y también porque al ser el hermano mayor de la familia era el responsable del sostenimiento de su madre y de sus dos hermanas en edad de casarse que ahora se quedaban sin la dote nupcial. Para ello además de la condena a Gaboto pedía un resarcimiento pecuniario, por un lado 6000 ducados por lo perdido de ganar en la expedición y por otro 200 mil maravedíes porque sostiene que Gaboto al abandonarlo en la isla Santa Catalina se quedó con sus bienes, rescates, dinero y vestimentas. Ya que nada de él había retornado y hacía responsable al Capitán General por todo lo perdido. Se define como mujer pobre y viuda, mientras que dice que Gaboto es un hombre y favorecido.

Por su parte el Tribunal de Justicia corrió vista al denunciado. Y Sebastián Gaboto respondía: que la dicha Catalina Vázquez no era parte del contrato por lo tanto no tenía entidad para hacer dicha denuncia; que él había usado su Oficio de Capitán General concedido por el Rey conforme a las instrucciones recibidas y que no se había extralimitado en modo alguno castigando a los delincuentes de toda templanza con equidad y rigor, que decidió no matarlos a pesar de todo lo que dijeron e hicieron en su contra, Martín Méndez y otros oficiales. Que estas personas que ahora lo denunciaban ya lo habían hecho anteriormente y que sus declaraciones eran contradictorias. Y es verdad que mandó a tierra al Teniente General Martín Méndez en la isla Santa Catalina por los delitos que cometiera junto a Francisco de Rojas y a Miguel de Rodas que deberían haberles costado sus cabezas. Fueron los primeros amotinadores en la Armada. También expresó que en esa isla los indios eran amigos y residían hombres blancos con muchas provisiones pertenecientes a las expediciones de Juan Díaz de Solís y de Rodrigo de Acuña (fue parte de la expedición comandada por Fray García Jofre de Loaiza, integrada por “seis naos y un galeón”, que partió de La Coruña el 24 de julio de 1525. El destino de la misión eran las islas Molucas, pero al llegar al estrecho comenzaron a sufrir percances que fueron disgregando la escuadra y Acuña deserta volviéndose a España, pero en un combate con franceses es abandonado regresando solo un navío con 27 hombres y sin capitán, muchos quedaron en las costas de Brasil). También Gaboto dijo que el hermano del Teniente General de nombre Hernán Méndez murió en la isla de una dolencia como murieron otros tripulantes. Que lo que sabía era que Martín Méndez murió en el mar huyendo en una canoa junto a Miguel de Rodas luego de una disputa con Francisco de Rojas. Gaboto sostuvo en su defensa que actuó dentro de sus atribuciones y no lo dejó en una condición de “pena de muerte” sino en un lugar con comida, agua, indios amigos y hombres blancos. Que en otros juicios ya había dicho lo mismo y otros tribunales lo habían absuelto de estas acusaciones. No obstante, lo expuesto por Gaboto, el Tribunal lo condenó a UN AÑO DE DESTIERRO y a pagar 40 mil maravedíes por pérdidas y daños ocasionados, más costas del juicio. Esta sentencia se pronunció en la ciudad de Ávila el 4 de julio de 1531. Y lleva la firma de: El Conde Don García Manrique – Doctor Beltrán – Licenciado Suárez de Carvajal – Doctor Bernal.
Sentencia que fue apelada por ambas partes. En esa primera apelación se ratifica la condena, pero se incrementa a DOS AÑOS DE DESTIERRO a Sebastián Gaboto y se le designa como lugar de cumplimiento a ORAN (Norte de África), más el pago de 16400 maravedíes de costas por la apelación y que dentro de los 9 (nueve) días de haberse notificado los pague o de lo contrario se lo mande a prisión. Esta sentencia se pronunció a los 29 días del mes de febrero de 1532 en la Villa de Medina del Campo. Firman: Yo la Reina, Yo Juan Samano (Secretario de sus Cesáreas y Católicas Majestades), El Conde Don García Manrique – Doctor Beltrán – Licenciado Suárez de Carvajal – Doctor Bernal – Licenciado Mercado de Peñalosa.
En setiembre de 1532 Francisco de Leardo y Francisco de Santa Cruz que también iniciaron juicio a Gaboto, junto a Armadores, Financistas y familiares de tripulantes muertos o desparecidos solicitan sobre los términos legales otorgados para presentar las PROBANZAS.
Como vemos las peripecias de Sebastián Gaboto y sus compañeros no terminaron en Sancti Spíritus, sino que continuaron en los pasillos de Tribunales de Justicia y del Consejo de Indias y Corte Real más allá del Océano Atlántico, donde las necesidades políticas de Estado siempre prevalecieron.
FUENTES:
GONZALEZ Ricardo Norberto: Puerto Gaboto: Génesis y desarrollo social del primer pueblo argentino.2014