A través de la Resolución 645/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional estableció que las empresas de medicina prepaga deberán informar previamente a la Superintendencia de Servicios de Salud sobre cualquier aumento en sus cuotas, antes de comunicarlo a los afiliados.
Pese a promover la liberación de las tarifas en el sector, el Ejecutivo ahora busca reforzar el control sobre los incrementos aplicados por las compañías del sector, intentando prevenir abusos antes de que lleguen a los usuarios, los que se registraron principalmente a comienzos del 2024 con tarifas que no solo aumentaban por encima de la inflación, sino que tampoco tenían una real justificación.
“El cumplimiento de este procedimiento es considerado un requisito indispensable para que la comunicación posterior a los usuarios sea considerada válida”, establece la normativa. Es decir, si las empresas no cumplen con este paso previo, la notificación a los afiliados no tendrá validez legal.
Durante 2024, el Gobierno y las prepagas mantuvieron una fuerte disputa por los niveles de aumentos aplicados, que finalmente se sostuvieron según lo determinado por las empresas, a pesar de las acciones y denuncias impulsadas por el Estado.
La nueva resolución apunta a fortalecer el poder de fiscalización de la Superintendencia y a garantizar que tanto el Estado como los usuarios accedan a la información de manera simultánea.