jueves, marzo 19, 2026

El Gobierno oficializó por decreto las modificaciones para cobrar salud y educación a extranjeros

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El Gobierno nacional modificó por decreto la Ley de Migraciones (25.871), introduciendo cambios en el acceso a servicios públicos, condiciones de permanencia en el país y procedimientos de expulsión de personas extranjeras.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025 fue publicado este jueves en el Boletín Oficial y terminó confirmando los cambios en la política migratoria argentina, históricamente reconocida por su carácter inclusivo, que este gobierno buscó llevar adelante.

Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la posibilidad de cobrar aranceles a extranjeros por la atención médica en hospitales públicos y habilitar a universidades estatales a cobrar por sus servicios educativos, salvo que los estudiantes tengan residencia permanente, y pese a que este es un requisito excluyente para acceder a las carreras de grado de las casas de altos estudios.

Si bien el decreto establece que no se podrá negar atención sanitaria en casos de emergencia, aclara que, fuera de estas situaciones, los extranjeros deberán presentar un seguro de salud o pagar por los servicios médicos en hospitales nacionales.

En materia educativa, se garantiza el derecho de todos los inmigrantes, incluso en situación irregular, a acceder a los niveles inicial, primario y secundario. Sin embargo, la gratuidad de los estudios universitarios se limitará a argentinos y residentes permanentes. Las universidades podrán establecer aranceles para quienes no cumplan con esos requisitos, aunque se contempla la posibilidad de otorgar becas a través de convenios o programas especiales.

El decreto también endurece los requisitos migratorios: exige acreditar medios económicos para vivir en el país. Además, introduce restricciones sobre la “residencia precaria”, que ahora tendrá una validez de hasta 90 días con posibilidad de ser renovable, pero no implicará ningún derecho futuro a una residencia permanente ni podrá ser usada como argumento para solicitar la nacionalización.

Por otro lado, el texto mantiene el derecho a la reunificación familiar, permitiendo el ingreso y permanencia de cónyuges, progenitores e hijos menores o con discapacidad de ciudadanos argentinos o residentes permanentes.

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