lunes, julio 21, 2025

Todas las órdenes médicas deberán emitirse también con receta electrónica

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El Ministerio de Salud de la Nación oficializó este lunes la ampliación del uso obligatorio de la receta electrónica a todas las indicaciones médicas, incluyendo medicamentos de prescripción restringida, estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos. La medida fue establecida mediante la Resolución 2214/2025, publicada en el Boletín Oficial.

Este nuevo paso completa el proceso iniciado el 1° de enero con la obligatoriedad de la receta electrónica para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553. A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán ser emitidas de forma digital a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), lo que permitirá un sistema de salud más integrado, trazable e interoperable a nivel nacional.

Según detalló la cartera sanitaria, las plataformas o sistemas de prescripción deberán ser accesibles para todos los financiadores o coberturas médicas, a fin de garantizar un circuito digital unificado.

Uno de los avances más relevantes es la incorporación de una identificación unívoca y segura tanto para el paciente como para cada receta emitida. Para ello, se utilizará el CUIL como dato principal, mientras que cada prescripción contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), permitiendo una trazabilidad precisa, evitando duplicaciones y asegurando la integridad de los registros.

La normativa también establece lineamientos específicos para la digitalización de recetas archivadas o de prescripción restringida, como las que incluyen psicotrópicos o estupefacientes. Las plataformas deberán conservar estos documentos durante al menos tres años, facilitando su fiscalización y monitoreo.

El objetivo central de esta medida es mejorar el acceso a los tratamientos, asegurar la continuidad de atención y reforzar el control sanitario, especialmente en lo que refiere al uso de medicamentos sensibles.

Para implementar este sistema, los prestadores de salud contarán con distintos plazos: 45 días para adaptar la identificación unívoca de recetas, 90 días para la digitalización de recetas archivadas, y 120 días para aquellas de prescripción restringida. El Ministerio de Salud coordinará con los distintos actores del sistema los aspectos técnicos necesarios para facilitar la transición.

Se prevé que, en zonas con dificultades de conectividad o alejadas de los centros urbanos, se podrá continuar utilizando la receta en papel.

Con esta resolución, el Ministerio avanza en la modernización del sistema de salud, promoviendo el uso responsable de los recursos públicos y priorizando la seguridad, la confidencialidad y la eficiencia en la gestión de la información médica.

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