miércoles, junio 17, 2026

Perros y gatos podrán viajar en colectivo y tren luego de una resolución del Gobierno Nacional

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El Gobierno Nacional, a través de la Secretaría de Transporte, oficializó la Resolución 2076/2025 que autoriza el traslado de mascotas en colectivos y trenes de larga distancia, equiparando estos servicios con los estándares que ya regían en el sector aerocomercial. Esta medida busca modernizar el transporte federal bajo estrictas condiciones de seguridad y salubridad, estableciendo que el animal debe viajar obligatoriamente dentro de un contenedor o transportador cerrado durante todo el trayecto.

Según los lineamientos de la normativa, el contenedor tiene ubicaciones específicas permitidas: sobre la falda del pasajero responsable, debajo del asiento delantero o en el asiento adyacente en caso de haberlo adquirido, debiendo estar siempre asegurado con el cinturón de seguridad. El pasajero a cargo, que debe ser mayor de edad, asume la tutela total del animal y está obligado a presentar la constancia de vacunación antirrábica vigente junto con cualquier otra documentación sanitaria requerida al momento de abordar.

La resolución limita el traslado a un solo animal doméstico por pasajero adulto y otorga a las empresas de transporte la facultad de regular los detalles operativos. De esta manera, cada compañía podrá definir qué especies, razas, pesos y dimensiones admite en sus unidades, además de establecer posibles restricciones de días, horarios o recorridos. Asimismo, se habilita el cobro de una tarifa por este servicio, la cual debe ser razonable y comunicada con transparencia según la Ley de Defensa del Consumidor.

En cuanto a la higiene, las empresas de transporte son responsables de garantizar la desinfección de los asientos tras cada viaje para asegurar las condiciones de salud de los futuros pasajeros. Por su parte, las estaciones y paradas deberán acondicionar espacios señalizados para la espera y el abordaje. Es importante destacar que los perros guía o de asistencia para personas con discapacidad mantienen su régimen legal preexistente, por lo que no se ven afectados por las limitaciones o tarifas de esta nueva normativa.

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