{"id":17293,"date":"2025-08-28T08:21:02","date_gmt":"2025-08-28T11:21:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/?p=17293"},"modified":"2025-08-28T08:21:05","modified_gmt":"2025-08-28T11:21:05","slug":"la-constituyente-aprobo-la-posibilidad-de-reeleccion-del-gobernador-y-el-fin-de-los-cargos-indefinidos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/index.php\/2025\/08\/28\/la-constituyente-aprobo-la-posibilidad-de-reeleccion-del-gobernador-y-el-fin-de-los-cargos-indefinidos\/","title":{"rendered":"La Constituyente aprob\u00f3 la posibilidad de reelecci\u00f3n del gobernador y el fin de los cargos indefinidos"},"content":{"rendered":"\n<p>La Convenci\u00f3n Reformadora aprob\u00f3 ayer la posibilidad de reelecci\u00f3n para el cargo de gobernador y vice. Tambi\u00e9n vot\u00f3 una cl\u00e1usula transitoria que habilita al gobernador Maximiliano Pullaro a ir por un segundo mandato en 2027.<\/p>\n\n\n\n<p>El texto que ser\u00e1 incorporado en la nueva Constituci\u00f3n indica: \u201cEl gobernador y vicegobernador duran en sus funciones el t\u00e9rmino de cuatro a\u00f1os y podr\u00e1n ser reelegidos o sucederse rec\u00edprocamente por un solo periodo consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido rec\u00edprocamente no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un periodo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras que la cl\u00e1usula transitoria dicta: \u201cLos mandatos de las autoridades provinciales elegidas por el voto popular que se encuentren en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma no ser\u00e1n considerados como primer per\u00edodo, con excepci\u00f3n de lo dispuesto para el Gobernador y Vicegobernador, para quienes el mandato vigente se considera primer mandato\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Apoyos y no apoyos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La posibilidad de reelecci\u00f3n para Pullaro no fue votada por los bloques de La Libertad Avanza, Somos Vida y Libertad y Activemos; Lucila de Ponti, Juan Monteverde y Diego Giuliano del bloque M\u00e1s para Santa Fe.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, se vot\u00f3 la posibilidad de que el gobernador y el vicegobernador podr\u00e1n ser sometidos a juicio pol\u00edtico. Tambi\u00e9n pueden ser sometidos al juicio pol\u00edtico los ministros del Ejecutivo, el Fiscal de Estado, los miembros de la Corte Suprema de Justicia, los del Tribunal de Cuentas y todo aquel funcionario cuya designaci\u00f3n requiera acuerdo legislativo, siempre que no tenga previsto otro procedimiento de remoci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Potestades del gobernador<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Durante la sesi\u00f3n de este mi\u00e9rcoles, se vot\u00f3 la reforma del art\u00edculo 72, que establece las potestades del gobernador:<\/p>\n\n\n\n<p>El gobernador de la Provincia es el jefe de la administraci\u00f3n p\u00fablica y tiene a su cargo las siguientes atribuciones y deberes:<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Representa a la Provincia, es el responsable de la administraci\u00f3n, ejecuta las leyes, dirige la planificaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Celebra convenios con otras Provincias, con la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, con municipios, con entes p\u00fablicos de otras jurisdicciones y con la Naci\u00f3n, con el objeto de fijar pol\u00edticas comunes de integraci\u00f3n y desarrollo regional y de administraci\u00f3n de justicia, con aprobaci\u00f3n de la Legislatura y del Congreso de la Naci\u00f3n, seg\u00fan corresponda; y convenios internacionales para la gesti\u00f3n de intereses de la Provincia, con la aprobaci\u00f3n de la Legislatura, en tanto no afecten la pol\u00edtica exterior de la Naci\u00f3n ni las facultades delegadas al Gobierno Federal;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Concurre a la formaci\u00f3n de las leyes con las facultades emergentes de esta Constituci\u00f3n, las promulga y publica;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Expide reglamentos de ejecuci\u00f3n y aut\u00f3nomos de acuerdo con lo previsto por esta Constituci\u00f3n y las leyes;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Provee a la organizaci\u00f3n, prestaci\u00f3n y control de los servicios p\u00fablicos, orientados a la eficiencia en las prestaciones, la universalidad de su acceso y el rol de estos en el entramado productivo;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Celebra contratos;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Organiza la administraci\u00f3n p\u00fablica para satisfacer las necesidades de la comunidad con eficacia, eficiencia, economicidad y oportunidad y promueve su mejora continua con el prop\u00f3sito de optimizar su organizaci\u00f3n y funcionamiento;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Nombra y remueve a ministros, funcionarios y empleados de la administraci\u00f3n p\u00fablica de acuerdo con las previsiones de esta Constituci\u00f3n y las leyes, siempre que el nombramiento o remoci\u00f3n no competa a otra autoridad;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Puede asignar al Vicegobernador tareas determinadas y concretas dentro del \u00e1mbito de la administraci\u00f3n y por un plazo determinado;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Presenta a la Legislatura antes del treinta de octubre de cada a\u00f1o, el proyecto de presupuesto general de gastos y c\u00e1lculo de recursos de la Provincia y de las entidades aut\u00e1rquicas;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Presenta anualmente a la Legislatura la cuenta de inversi\u00f3n del ejercicio anterior;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Hace recaudar y dispone la inversi\u00f3n de los recursos de la Provincia con arreglo a las leyes respectivas;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Informa a la Legislatura, al abrirse las sesiones ordinarias, sobre el estado general de la administraci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Convoca a sesiones extraordinarias de la Legislatura de conformidad con esta Constituci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Efect\u00faa las convocatorias a elecciones en los casos y oportunidades legales;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Convoca a las iniciativas institucionales de participaci\u00f3n ciudadana en los casos previstos en esta Constituci\u00f3n y las leyes;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Puede indultar o conmutar penas por delitos sujetos a la jurisdicci\u00f3n provincial, previo informe de la Corte Suprema de Justicia, excepto respecto de delitos contra la administraci\u00f3n p\u00fablica;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Dise\u00f1a, planifica y ejecuta pol\u00edticas p\u00fablicas orientadas al desarrollo integral de la Provincia, promoviendo el bienestar general, la inclusi\u00f3n social, el crecimiento econ\u00f3mico y el desarrollo productivo, cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico, mediante el impulso de la industria, el turismo, el asociativismo, el mutualismo, el Cooperativismo y la infraestructura estrat\u00e9gica que incluya a los puertos y los sistemas de transporte.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Dise\u00f1a, planifica y ejecuta la pol\u00edtica de seguridad provincial y la pol\u00edtica criminal, en coordinaci\u00f3n con los otros poderes provinciales y municipales, y con las autoridades competentes para la persecuci\u00f3n penal de los delitos;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Presta el auxilio de las fuerzas de seguridad a todos los \u00f3rganos, entes y autoridades provinciales y municipales, conforme a la ley;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Designa un ministro con competencias para articular las relaciones con los otros poderes del Estado, en caso de que as\u00ed la ley de ministerios lo contemple, cuya designaci\u00f3n requerir\u00e1 acuerdo legislativo y su remoci\u00f3n ser\u00e1 atribuci\u00f3n del gobernador;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Conoce y resuelve los recursos e instancias administrativas que establezca la ley;<\/p>\n\n\n\n<p>\u2013 Hace cumplir, en su car\u00e1cter de agente natural del gobierno federal, la Constituci\u00f3n y las leyes de la Naci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Convenci\u00f3n Reformadora aprob\u00f3 ayer la posibilidad de reelecci\u00f3n para el cargo de gobernador y vice. 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