{"id":1871,"date":"2023-12-27T23:41:45","date_gmt":"2023-12-28T02:41:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/?p=1871"},"modified":"2023-12-27T23:41:46","modified_gmt":"2023-12-28T02:41:46","slug":"imponente-acto-de-la-cgt-rosario-rechazando-y-repudiando-el-dnu-de-milei","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/index.php\/2023\/12\/27\/imponente-acto-de-la-cgt-rosario-rechazando-y-repudiando-el-dnu-de-milei\/","title":{"rendered":"IMPONENTE ACTO DE LA CGT ROSARIO RECHAZANDO Y REPUDIANDO EL DNU DE MILEI"},"content":{"rendered":"\n<p>Imponente acto de la CGT Rosario, rechazando el DNU y dando lectura a un escrito que ser\u00e1 enviado a los Legisladores Nacionales por Santa Fe.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante una gran cantidad de trabajadores de distintos gremios , se llevo a cabo la reuni\u00f3n de la CGT Rosario, convocada para rechazar el DNU que quiere imponer a toda costa el Presidente Milei.<\/p>\n\n\n\n<p>En la hist\u00f3rica y m\u00edtica casa de los trabajadores de calle C\u00f3rdoba se hicieron presentes trabajadores de ..Smata..Camioneros de Santa Fe, Pasteleros, Garagistas y Estaciones de Servicio, Panaderos, Sutracovi, Obras Sanitarias, Utedyc, Viajantes, Uocra, Sat Said, Papeleros, del Tractor, Remiseros, Taxistas, de Farmacias, Alimentaci\u00f3n, Seguridad Privada, Supa, Seguros, Uatre, Textil, Calzado, Recolecci\u00f3n de residuos, del vidrio, Pami utera, Madera\u00a0 y muchos otros adem\u00e1s de\u00a0 la Juventud Sindical Peronista, en total m\u00e1s de 80 gremios se hicieron presente copando la calle C\u00f3rdoba y recordando viejas pero notables movilizaciones de la CGT Rosario.<\/p>\n\n\n\n<p>En primer lugar se recibi\u00f3 a los dirigentes de CTA,&nbsp; ATE, COAD, SIPRUS, AMSAFE quienes adhirieron a la medida de rechazar el DNU , como lo hab\u00edan manifestado a la ma\u00f1ana en la plaza San Mart\u00edn y bregaron por un movimiento obrero , m\u00e1s unido que nunca en la calle y en acci\u00f3n, m\u00e1s all\u00e1 de algunas diferencia ide\u00f3logicas, el pueblo necesita la unidad de los trabajadores.<\/p>\n\n\n\n<p>Lorena Almir\u00f3n, J.P.Casiello, Gustavo Teres y Laura Ferrer propusieron la unidad en la calle y si es posible un Paro Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Sergio Aladio se pronunci\u00f3 a favor de una medida de todos los trabajadores para evitar que prospere y se&nbsp; promulgue el DNU y agradeci\u00f3 el esfuerzo de muchos laburantes que terminaron recien&nbsp; su puesto de trabajo y sin embargo vinieron a mostrar su lealtad , Osvaldo Mattana se refiri\u00f3 a la estirpe Peronista y a la obligaci\u00f3n de defender a los trabajadores de la oligarquia de toda la vida, que les molesta el ascenso social de los que menos tienen y agregando que ni Videla se animo a tanto para perjudicar al Movimiento Obrero,&nbsp; Eduardo Franco de Panaderos pidi\u00f3 por la energ\u00eda de los trabajadores, que la estamos pasando muy mal, Gustavo Rossi de Farmacia pidi\u00f3 la sabidur\u00eda y prudencia de los dirigentes gremiales, Miriam Abbt de Utedyc se mostro visiblemente emocionada por la multitud de trabajadores que segu\u00edan cantando en la calle C\u00f3rdoba.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego se designo a Silvio Barrionuevo para que les lea el comunicado repudiando el DNU,\u00a0 a la multitud de trabajadores\u00a0 apostados sobre la calle frente a la Facultad de Derecho.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"768\" src=\"https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/ALLADIO-1024x768.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-1872\" srcset=\"https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/ALLADIO-1024x768.jpg 1024w, https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/ALLADIO-300x225.jpg 300w, https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/ALLADIO-768x576.jpg 768w, https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/ALLADIO-150x112.jpg 150w, https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/ALLADIO-696x522.jpg 696w, https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/ALLADIO-1068x801.jpg 1068w, https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/ALLADIO-265x198.jpg 265w, https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/ALLADIO.jpg 1230w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/panoramagremialsantafe.com.ar\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/declaracion-cgt-rosario.docx\">declaracion cgt rosario<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Rosario, Diciembre de 2023.-<\/p>\n\n\n\n<p>Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe<br>Sres. Diputados Nacionales y Senadores Nacionales<br>por la Provincia de Santa Fe<br>S \/ D<\/p>\n\n\n\n<p>De nuestra consideraci\u00f3n:<br>Los asociaciones gremiales abajo firmantes, hacemos llegar por la presente nuestro EN\u00c9RGICO RECHAZO Y REPUDIO al DNU N\u00b0 70\/2023 dictado por el PEN, por ser flagrantemente INCONSTITUCIONAL, en cuando a su procedencia de origen, as\u00ed como por la clara regresi\u00f3n que registra en materia laboral para las y los trabajadoras y sus organizaciones, adem\u00e1s de trastocar radicalmente y estructuralmente la econom\u00eda del pa\u00eds, su sistema productivo, su organizaci\u00f3n social y estatal, la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos, la organizaci\u00f3n de la sociedad civil, el comercio interno e internacional, las relaciones laborales, las relaciones de consumo, entre otras.<\/p>\n\n\n\n<p>En nuestro sistema democr\u00e1tico, republicano y federal, las normas que regulan las relaciones sociales, econ\u00f3micas y jur\u00eddicas de las personas, se debaten y definen en el CONGRESO DE LA NACI\u00d3N, tal como expresamente lo disponen los arts. 4, 9, 14, 14 bis, 17, 18, 19, 37, 41 y 21 de la Constituci\u00f3n Nacional. Es decir, que los impuestos, el ejercicio de derechos y libertades individuales y colectivas, el trabajo, la seguridad social, los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales, los delitos, los derechos pol\u00edticos, los derechos colectivos, entre otros, solo pueden ser regulados mediante una ley del Congreso.<br>Tal como dispone el art. 99 de la Constituci\u00f3n Nacional, solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los tr\u00e1mites ordinarios para la sanci\u00f3n de leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o r\u00e9gimen de los partidos pol\u00edticos, podr\u00e1 el Presidente dictar decretos por razones de necesidad y urgencia.<br>Es claro que no se da ninguna de las condiciones requeridas por la Constituci\u00f3n para que el Presidente se arrogue la funci\u00f3n legislativa, en cabeza del Congreso Nacional, por lo que el DNU 70\/2023 es nulo de nulidad absoluta e insanable.<br>Pues, basta preguntarse;<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia que hace imposible tratar en el Congreso la derogaci\u00f3n de derogar la ley de g\u00f3ndolas?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para permitir que los clubes de f\u00fatbol se transforman en sociedades an\u00f3nimas?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para eliminar las multas para empleadores incumplidores?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para modificar la ley de tierras?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para privatizar ARSAT?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para derogar la Ley de Alquileres que fue ratificada por el Congreso hace dos meses?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para derogar la Ley que regula el alquiler transitorio?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para derogar gran cantidad del articulado de la Ley de Compre Argentino?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para derogar la ley que declara de inter\u00e9s p\u00fablico la fabricaci\u00f3n, comercializaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de pasta celulosa y de papel para diarios?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para modificar la ley de warrants?<br>\u00bfCu\u00e1l es la urgencia para derogar la Ley de Sociedades del Estado?<\/p>\n\n\n\n<p>El decreto viola lisa y llanamente la divisi\u00f3n de poderes, y resulta regresivo en cuestiones que son de orden p\u00fablico laboral y, en especial, respecto del r\u00e9gimen internacional de los Derechos Humanos.<br>En materia de derechos sociales, vulnera derechos, garant\u00edas y libertades constitucionales previstos en el art. 14 bis de la Constituci\u00f3n Nacional y Tratados y Convenios Internacionales que conforman el bloque federal de constitucionalidad.<br>Basta hacer un peque\u00f1o recorrido por la norma, y de las leyes que deroga el DNU 70\/2023 donde surge de forma manifiesta que este DNU no tiene por objetivo afrontar la soluci\u00f3n coyuntural y transitoria de una situaci\u00f3n de emergencia en circunstancias excepcionales -tal como exige este tipo de decretos- sino directamente establecer un nuevo rumbo social y econ\u00f3mico para el pa\u00eds de forma permanente.<\/p>\n\n\n\n<p>LA ENVERGADURA DE ESTE PAQUETE NORMATIVA EQUIVALE A AFIRMAR QUE EL PODER EJECUTIVO SE HA ARROGADO FACULTADES EXTRAORDINARIAS Y FACULTADES EQUIVALENTES A EJERCER LA SUMA DEL PODER P\u00daBLICO.<\/p>\n\n\n\n<p>Reiteramos que con este DNU \u00f3mnibus o mega DNU no se est\u00e1 atendiendo a una circunstancia excepcional que torna imposible por la urgencia el tratamiento del Congreso. Lo que se impulsa es la modificaci\u00f3n radical y estructural del modelo de desarrollo humano, de progreso econ\u00f3mico con justicia social, de productividad de la econom\u00eda nacional y de crecimiento econ\u00f3mico del pa\u00eds sin esperar que el Congreso pueda evaluar la propuesta y el radical nuevo rumbo que se plantea. La Constituci\u00f3n Nacional no autoriza que los Decretos de Necesidad y Urgencia sean utilizados para este prop\u00f3sito cuya facultad corresponde sustancialmente al Congreso de la Naci\u00f3n.<br>Estamos hablando de un DNU que afecta la vigencia y contenido de 82 leyes cuyo contenido abarca materias diversas como Reforma del Estado, Desregulaci\u00f3n Econ\u00f3mica, Trabajo, Comercio Exterior, Bioeconom\u00eda, Miner\u00eda, Energ\u00eda, Aerocomercial, Justicia, C\u00f3digo Civil y Comercial, Salud, Comunicaci\u00f3n, Deportes, Sociedades, etc.<br>Con s\u00f3lo atender los t\u00edtulos de las materias abordadas por el DNU surge claramente que no nos encontramos frente a una medida transitoria y temporal para atender una circunstancia excepcional que amerita una resoluci\u00f3n normativa que no puede esperar ni d\u00edas.<br>Al contrario, nos encontramos con el Poder Ejecutivo Nacional arrog\u00e1ndose facultades por fuera de la Constituci\u00f3n que implican trastocar radicalmente y estructuralmente la econom\u00eda del pa\u00eds, su sistema productivo, su organizaci\u00f3n social y estatal, la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos, la organizaci\u00f3n de la sociedad civil, el comercio interno e internacional, las relaciones laborales, las relaciones de consumo, etc. sin permitir que estos cambios sean debatidos por el \u00f3rgano democr\u00e1tico por antonomasia que es el Congreso Nacional de forma previa a la entrada de su vigencia.<br>La envergadura y los alcances del DNU, implicar\u00e1n desde su entrada en vigencia, la modificaci\u00f3n fundamental del estilo de vida de toda la poblaci\u00f3n argentina, con flagrante menoscabo de sus principios, Republicanos, Representativos, Democr\u00e1ticos y su car\u00e1cter Federal.<br>Desde la recuperaci\u00f3n de la democracia en el pa\u00eds, hace 40 a\u00f1os que no ha visto una concentraci\u00f3n de poder tan may\u00fasculo por los que \u201cla vida, el honor o las fortunas de los argentinos van a quedar a merced\u201d de una persona, el presidente del pa\u00eds y su gobierno.<br>Admitir que el Poder Ejecutivo tiene facultades equivalentes al Congreso para establecer contenidos normativos a trav\u00e9s de un DNU y que para ellos puede recurrir a fundamentos gen\u00e9ricos de la emergencia econ\u00f3mica del pa\u00eds constituye destruir los cimientos democr\u00e1ticos y republicanos de nuestro pa\u00eds instaurados en nuestra Constituci\u00f3n Nacional.<br>Aqu\u00ed nos encontramos frente a una situaci\u00f3n peor que la que establece el art. 29 de la Constituci\u00f3n Nacional. Ya no es el Congreso Nacional el que otorg\u00f3 las facultades extraordinarias o la suma del poder p\u00fabico, sino que estas facultades fueron arrogadas por el propio Poder Ejecutivo. No hubo una connivencia del sector legislativo hacia el Poder Ejecutivo. Este \u00faltimo, soslayando todo principio republicado y democr\u00e1tico decidi\u00f3 avanzar unilateralmente de forma autocr\u00e1tica para cambiar radicalmente el modo de vida, organizaci\u00f3n y desarrollo del pa\u00eds. Si el Congreso no puede conceder facultades extraordinarias ni la suma del poder p\u00fablico mucho menos el Poder Ejecutivo puede arrogarse dichas facultades motu propio.<\/p>\n\n\n\n<p>En conclusi\u00f3n,<br>El DNU 70\/2023 no solo no cumple con los requisitos constitucionales que habilitan su dictado, sino que altera el orden constitucional, arrog\u00e1ndose el Presidente facultades legislativas expresamente prohibidas tachando al mismo de nulidad absoluta e insalvable.<br>Este decreto implica una reforma laboral que ataca el coraz\u00f3n del derecho protectorio del trabajo y lesiona gravemente los Derechos Humanos de las personas que trabajan y que viven de su salario. Elimina y reduce las indemnizaciones, crea causales de despido, cercena el derecho de huelga, de asamblea, ampl\u00eda las actividades comprendidas dentro del concepto \u201cservicios esenciales\u201d, afecta la libertad sindical y la negociaci\u00f3n colectiva, promueve el trabajo informal, la sobrecarga laboral de las mujeres y personas trabajadoras que tienen a su cargo las tareas de cuidado, invierte la carga de la prueba en materia de despidos discriminatorios, ampl\u00eda el periodo de prueba, elimina la cuenta sueldo gratuita, posibilita el pago de cr\u00e9ditos laborales en cuotas atentando contra el derecho de propiedad de las personas trabajadoras sobre los mismos, en definitiva, dando marcha atr\u00e1s con los derechos y beneficios laborales conquistados por la clase trabajadora.<br>El DNU favorece la desprotecci\u00f3n de los trabajadores y trabajadores, pretendiendo ser la piedra basal de la reforma estructural de nuestro pa\u00eds a trav\u00e9s de la teor\u00eda del shock y del proyecto de miseria planificada. Sin embargo, resulta incuestionable que los derechos laborales son derechos humanos y por tanto, inderogables.<br>En este sentido, exigimos al Poder Ejecutivo Nacional que deje sin efecto en forma inmediata el DNU 70\/2023, y demandamos la urgente intervenci\u00f3n, tanto del Poder Legislativo como del Poder Judicial, a fines de que se declare la inconstitucionalidad e invalidez absoluta e insalvable de la norma.<br>Asimismo, reclamamos al PEN que ajuste su actuar a derecho y se abstenga de realizar actos que importen la violaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n Nacional y los Tratados Internacionales ratificados por nuestro pa\u00eds, cuyo incumplimiento genera responsabilidad internacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Panorama Gremial<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Imponente acto de la CGT Rosario, rechazando el DNU y dando lectura a un escrito que ser\u00e1 enviado a los Legisladores Nacionales por Santa Fe. 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