{"id":19074,"date":"2025-10-31T19:35:50","date_gmt":"2025-10-31T22:35:50","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/?p=19074"},"modified":"2025-10-31T19:35:53","modified_gmt":"2025-10-31T22:35:53","slug":"proponen-centros-de-cuidado-infantil-en-establecimientos-de-educacion-secundaria-y-terciaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.noticiasmas.com.ar\/index.php\/2025\/10\/31\/proponen-centros-de-cuidado-infantil-en-establecimientos-de-educacion-secundaria-y-terciaria\/","title":{"rendered":"PROPONEN CENTROS DE CUIDADO INFANTIL EN ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACI\u00d3N SECUNDARIA Y TERCIARIA"},"content":{"rendered":"\n<p>Est\u00e1 destinado a garantizar la permanencia y reinserci\u00f3n de estudiantes con hijos e hijas y el derecho al cuidado de los mismos. La iniciativa ingres\u00f3 a la Legislatura provincial para su estudio, debate y la posterior creaci\u00f3n de un Programa Provincial.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto apunta a garantizar la permanencia y reinserci\u00f3n de estudiantes con hijos e hijas, el derecho al cuidado de los mismos, as\u00ed como tambi\u00e9n la corresponsabilidad social de los cuidados de hijos e hijas de docentes y personal no docente. As\u00ed lo estableci\u00f3 el diputado provincial Carlos del Frade, quien es autor de la iniciativa.<\/p>\n\n\n\n<p>El programa ser\u00e1 implementado en los establecimientos educativos p\u00fablicos y en aquellos de gesti\u00f3n privada con subvenci\u00f3n estatal mayoritaria, de los niveles secundario y superior.<\/p>\n\n\n\n<p>Dichos Centros de Cuidado Infantil funcionar\u00e1n como espacios pedag\u00f3gicos de primera infancia, integrados a la comunidad educativa y orientados al desarrollo integral \u2014afectivo, cognitivo y social\u2014 de ni\u00f1as y ni\u00f1os de entre cuarenta y cinco (45) d\u00edas y tres (3) a\u00f1os de edad. \u201cQueda expresamente prohibida su consideraci\u00f3n como espacios meramente asistenciales\u201d, dijo Del Frade.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, podr\u00e1n acceder a los servicios de los Centros de Cuidado Infantil: a) Las y los estudiantes de educaci\u00f3n secundaria o superior que tengan hijas o hijos dentro de la franja etaria contemplada en la presente ley. b) Las y los docentes y el personal no docente, que desempe\u00f1en tareas en el establecimiento durante su jornada laboral. c) Las y los docentes y el personal no docente, que desempe\u00f1en tareas en establecimientos educativos p\u00fablicos y en aquellos de gesti\u00f3n privada con subvenci\u00f3n estatal mayoritaria, de nivel inicial o primario, con domicilio residencial o laboral dentro del radio de uno de los establecimientos educativos contemplados en el art\u00edculo 2 de la presente ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, Del Frade explic\u00f3 que los objetivos planteados en la norma se sintetizan en estos puntos: a) Inter\u00e9s superior del ni\u00f1o o ni\u00f1a: toda decisi\u00f3n deber\u00e1 priorizar el bienestar y desarrollo integral de las infancias. b) Corresponsabilidad social del cuidado: el cuidado se reconoce como una funci\u00f3n social que debe ser compartida entre el Estado, las familias, las instituciones educativas y la comunidad. c) Igualdad de g\u00e9nero: el Programa promover\u00e1 la eliminaci\u00f3n de desigualdades estructurales que afectan especialmente a las mujeres en su derecho a la educaci\u00f3n y al trabajo. d) Inclusi\u00f3n social: el Programa busca fomentar la inclusi\u00f3n social y ser un medio para igualar oportunidades de las personas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad social. e) Enfoque de derechos humanos: las pol\u00edticas y acciones derivadas de esta ley deber\u00e1n respetar y promover los derechos reconocidos por la Constituci\u00f3n Nacional, la Constituci\u00f3n Provincial y los tratados internacionales de derechos humanos. f) Integralidad educativa y comunitaria: los Centros deber\u00e1n integrarse a los proyectos institucionales de los establecimientos, articulando con programas de salud, desarrollo humano y educaci\u00f3n inicial. g) Progresividad: la implementaci\u00f3n del Programa ser\u00e1 gradual y sostenida, ampliando su cobertura en funci\u00f3n de las capacidades institucionales y presupuestarias.<\/p>\n\n\n\n<p>Para su funcionamiento se promueve un presupuesto del Ministerio de Educaci\u00f3n. Podr\u00e1n adem\u00e1s gestionarse fondos espec\u00edficos y convenios con organismos nacionales e internacionales y organizaciones de la sociedad civil.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEste proyecto asume el cuidado como un derecho y una funci\u00f3n social que habilita el ejercicio de otros derechos (educaci\u00f3n, salud, trabajo)\u201d. Consider\u00f3 Del Frade y plante\u00f3 que, \u201cdisponer de estos Centros de Cuidado Infantil en establecimientos de educaci\u00f3n secundaria y superior reduce barreras que afectan de manera desproporcionada a estudiantes que son madres\/padres, y a trabajadoras\/es de la comunidad educativa \u2014en especial a las mujeres, quienes concentran la mayor carga de trabajo dom\u00e9stico y de cuidados no remunerados seg\u00fan la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo de INDEC\u201d, complet\u00f3.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Est\u00e1 destinado a garantizar la permanencia y reinserci\u00f3n de estudiantes con hijos e hijas y el derecho al cuidado de los mismos. La iniciativa ingres\u00f3 a la Legislatura provincial para su estudio, debate y la posterior creaci\u00f3n de un Programa Provincial. 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