La Reforma Laboral se metió en el debate por la reforma laboral que viene promoviendo el gobierno nacional y desde una perspectiva religiosa, política y fundamentalmente social remarcó que la base de cualquier reforma debe basarse En el derecho de los trabajadores”.
El documento difundido por la pastoral indica: en primer lugar que “legislar es tarea política”; Y prosigue: “Recordamos con el Papa Francisco que la sana política que necesitamos es la que es capaz de transformar las instituciones, coordinarlas y dotarlas de mejores prácticas que permitan superar presiones e inercias viciosas”.
“Su grandeza se muestra cuando obra por grandes principios y pensando en el Bien Común a largo plazo. (LS 189)”, afirmó el espacio social y religioso.
El texto continua: “Siguiendo con el pensamiento de Francisco afirmamos que lo verdaderamente popular – porque promueve el bien del pueblo- es asegurar a todos el trabajo, que es la posibilidad de hacer brotar las semillas que Dios ha puesto en cada uno, sus capacidades, iniciativas, sus fuerzas. Es la mejor ayuda para un pobre, el mejor camino a una existencia digna (FT 162) porque es fuente de riqueza o al menos de condiciones para una vida decorosa.”
Asimismo se explaya señalando que, “El empleo es un derecho fundamental y un bien tanto para hombres como mujeres, que le permite formar una familia, adquirir bienes en propiedad, tener una vida digna en el plano material, social, cultural y espiritual, contribuyendo al bien común”.
Por eso para la Pastoral Social “la desocupación es una verdadera calamidad social frente a la cual compete al Estado promover políticas que activen el empleo, incentivando para ello el mundo productivo. Este deber del Estado no consiste tanto en asegurar directamente el puesto laboral a todos los ciudadanos, constriñendo la vida económica y sofocando la libre iniciativa privada, cuanto en secundar la actividad de la empresa creando condiciones apropiadas. (CDSI 291) “.
“Entre los derechos laborales que deben ser reconocidos enumeramos :el derecho a la justa remuneración; al descanso; a ambientes de trabajo y procesos productivos no perjudiciales a la salud e integridad moral; a la salvaguarda de la propia personalidad sin que sea conculcada la conciencia o dignidad; a los subsidios necesarios para la subsistencia del trabajador desocupado y familia; a la pensión; a la seguridad social para la vejez, enfermedad y en caso de accidentes; a las prestaciones relacionadas con la maternidad; y a reunirse y asociarse a través de la sindicalización (CDSI 301)”, remarcaron en el comunicado.
Respecto a los mismos se señala que:
- Toda legislación laboral debe partir del reconocimiento de que el trabajador es sujeto de derechos, no un recurso descartable. Cualquier cambio normativo debe priorizar a la persona humana por encima de intereses económicos o coyunturales.
- El trabajo no es una mercancía ni salario un pecio: El trabajo es una actividad humana; por lo cual su valor es superior a cualquier bien material. La remuneración es el elemento más importante para practicar la justicia en las relaciones laborales y para la distribución de la renta. Es el instrumento que permite al trabajador acceder a los bienes de la tierra y debe asegurarle junto a su familia una vida digna.
Esto debe tenerse presente a la hora de fijarla junto a las características del puesto de trabajo, la productividad, las condiciones de la empresa y el bien común (CDSI 302/3).
-los ciudadanos no deben ser privados por motivos de productividad económica de un tiempo destinado al descanso, al ocio y al culto divino (CDSI284/6).
-a los sindicatos surgidos del derecho de asociación de los hombres del trabajo corresponde la función de defensa y reivindicación de derechos, la representación de los trabajadores y la educación de su conciencia social de manera que se sientan parte activa en la construcción del desarrollo económico y social. Son un medio para la solidaridad y la justicia social, pero no pueden abusar de los instrumentos de lucha, deben vencer la tentación del corporativismo, saberse autorregular y ponderar las consecuencias de sus opciones con relación al Bien Común (CDSI 305/7).
-la huelga constituye un recurso inevitable, si no necesario, para obtener un beneficio proporcionado después de haber constatado la ineficacia de las demás modalidades para superar los conflictos, pero debe ser siempre un método pacífico y proporcionado (CDSI 304).
- la informalidad y el trabajo no registrado privan al trabajador de los beneficios de la seguridad social y constituyen una práctica injusta que debe erradicarse. En nuestro país, la informalidad laboral, el desempleo juvenil, la feminización de la pobreza y la situación de muchos migrantes constituyen heridas sociales profundas. Una reforma que no tenga en cuenta a quienes más sufren corre el riesgo de aumentar desigualdades ya existentes.
-Por último, La Doctrina Social de la Iglesia insiste en que los grandes acuerdos nacionales y las reformas que se propongan; deben nacen del diálogo sincero entre el Estado, los trabajadores y los empresarios. La negociación colectiva, cuando es auténtica, fortalece la justicia y la paz social.
“Con estas ideas queremos colaborar al esclarecimiento de las conciencias dejando en claro que no compete a la Iglesia inmiscuirse en cuestiones técnicas ni partidarias y que sólo nos guía el propósito de alentar la Amistad Social para hacer posible la convivencia fraterna que requiere de la justicia y la Caridad”, indicó el texto.
“Que nuestra Madre, la Virgen María, bajo la advocación de Nuestra Señora del Trabajo; y San José Obrero intercedan por quienes trabajan, por quienes buscan trabajo y por quienes tienen la responsabilidad de legislar en favor del bien común”, completaron.

